
La justicia marroquí refuerza las garantías de protección y asistencia a las víctimas de explotación humana
La Comisión Nacional para la Coordinación de Medidas contra la Trata de Personas y su Prevención destacó que con la publicación en el Boletín Oficial del Reino de Marruecos del nuevo Código de Procedimiento Penal, el 8 de septiembre de 2025, el país inicia una nueva etapa en la modernización de su marco legal destinado a combatir el crimen organizado y la trata de seres humanos. Según la comisión, esta reforma responde al compromiso del Reino con la adecuación de su legislación nacional a los estándares y compromisos internacionales en la materia.
En un comunicado enviado a Hespress, la entidad subrayó que el nuevo texto legal armoniza plenamente con los instrumentos internacionales y regionales relevantes, en particular con el Protocolo de Palermo (2000), anexo a la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. Este protocolo define las normas relativas a la prevención, sanción y protección de las víctimas de la trata de personas.
Asimismo, el nuevo código se ajusta al Convenio del Consejo de Europa de 2005 sobre la lucha contra la trata de seres humanos, especialmente en los aspectos de identificación de víctimas, períodos de reflexión y recuperación, compensación y acceso a recursos legales. Además, el texto respeta las directrices de la ONU sobre derechos humanos y trata de personas, incorporando el principio de no criminalización de las víctimas, lo que consolida la posición de Marruecos dentro del sistema internacional de lucha contra este delito. El documento también detalla que, en consonancia con las normas internacionales, el artículo 108 del nuevo código redefine el concepto de delitos graves y establece una base jurídica sólida para clasificar la trata de personas como un crimen prioritario dentro del sistema penal marroquí. Esta clasificación permite reforzar las competencias de la policía judicial, el Ministerio Público y los jueces de instrucción, además de potenciar la cooperación judicial internacional frente a delitos transnacionales complejos.
El nuevo texto complementa el marco jurídico establecido por la Ley 27-14 sobre la lucha contra la trata de personas, promulgada en 2016, creando un sistema integrado de protección para víctimas, testigos, expertos y denunciantes. Entre sus principales innovaciones, el artículo 82-5-1 impone la obligatoriedad de identificar de inmediato a las víctimas durante todas las etapas del proceso judicial, garantizando la precisión sobre su identidad, nacionalidad y edad.
El código también refuerza la asistencia social, psicológica y jurídica a las víctimas, asegurando una atención adaptada a su situación mediante la participación de trabajadores sociales y especialistas. Asimismo, autoriza a las autoridades judiciales a dictar órdenes de alejamiento para protegerlas de posibles represalias o amenazas. Las víctimas también dispondrán de alojamiento seguro temporal y de apoyo médico y psicológico especializado.
Además, el texto introduce un período de reflexión y recuperación de hasta 30 días, destinado a que las víctimas puedan restablecer su estabilidad emocional y decidir libremente si cooperan con las autoridades o retornan voluntariamente a su país.
El nuevo código concede especial atención a mujeres y menores, por ser los grupos más vulnerables a la explotación. Se establecen medidas específicas, como el alojamiento en instituciones especializadas y la reducción de enfrentamientos directos con los acusados, salvo en casos excepcionales. Igualmente, se fortalece el papel de las unidades de atención a mujeres y niños en los tribunales, garantizando un seguimiento integral y coordinado de cada caso.
La ley no solo protege a las víctimas, sino también a testigos, expertos y denunciantes, mediante mecanismos como protección física, anonimato durante los testimonios y la posibilidad de declarar a distancia por videoconferencia. Cualquier intento de intimidación o venganza contra ellos será castigado penalmente.
En cuanto a los procedimientos judiciales, el texto introduce nuevas herramientas tecnológicas para adaptarse a las formas actuales del crimen organizado, incluyendo la infiltración de redes criminales bajo supervisión de la fiscalía. También facilita la cooperación internacional al permitir que agentes extranjeros puedan realizar operaciones conjuntas en territorio marroquí y viceversa, bajo control judicial. El código prevé un sistema de vigilancia electrónica y escuchas controladas con autorización judicial limitada a cuatro meses, renovable una sola vez, garantizando la protección de la vida privada. Igualmente, se introduce el uso de grabaciones audiovisuales en los interrogatorios para asegurar la transparencia y la validez de las pruebas.
El texto también refuerza el seguimiento financiero de las redes criminales, permitiendo la confiscación o congelación de bienes y activos obtenidos ilícitamente, con una estrecha colaboración entre la justicia, la Unidad de Inteligencia Financiera y las entidades bancarias.
Por último, el código fortalece la cooperación judicial internacional, simplificando los procedimientos de extradición y asistencia legal mutua, e impulsa el papel del Buró Central de Investigaciones Judiciales (BCIJ) en la lucha contra las redes transnacionales, la ciberdelincuencia y el lavado de dinero.
En suma, la Comisión Nacional considera que esta reforma constituye un avance histórico en el marco jurídico marroquí, reafirmando el compromiso del Reino con la defensa de la dignidad humana y la erradicación de toda forma de explotación, al tiempo que consolida la madurez legislativa e institucional del país frente a los retos actuales en materia de seguridad y derechos humanos.
Publicado el : 4 de octubre de 2025

Compartir este artículo: